domingo, 7 de agosto de 2011

La mujer durante la república.

Con la proclamación de la República, en abril de 1931, la igualdad de los sexos pasó por fin a ser una posibilidad real con la aprobación de la nueva constitución.

Los compiladores del anteproyecto se habían mostrado más bien cautos con respecto a la cuestión de la igualdad de los sexos y habían sugerido la siguiente redacción:

No podrán ser fundamento de privilegio jurídico: el nacimiento, la clase social, la riqueza, las ideas políticas y las creencias religiosas. Se reconoce en principio la igualdad de derechos de los dos sexos. 

Clara Campoamor, diputada radical y miembro de la comisión parlamentaria, protestó vigorosamente de que sólo se reconociese "en principio" la igualdad de derechos, y consiguió finalmente que se enmendara el artículo hasta quedar como sigue:
No podrán ser fundamento de privilegio jurídico: la naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas, ni las creencias religiosas. El Estado no reconoce distinciones o títulos nobiliarios. (art. 25)
En cuanto al divorcio, había pocos países en 1931 en los que no se hubiera aprobado una ley al respecto: España e Italia eran las dos principales excepciones en Europa. Sin embargo, la ley del divorcio española, cuando por fin fue aprobada (1932), era una de la más progresistas de las existentes.

La derecha, naturalmente, se oponía a la ley del divorcio, y los partidos unidos en la Confederación Española de Derechas Autónomas incluían la revocación de la ley en su programa. La ley suscitó muy poco entusiasmo entre la extrema izquierda por distintos motivos.
Si el divorcio fue objeto de mucha controversia, no le quedó a la zaga el derecho de la mujer a votar. El Gobierno provisional, en un decreto de 8 de mayo de 1931, concedió el voto a todos los hombres mayores de veintitrés años y declaró que las mujeres y los curas podían ser elegidos para ser diputados.

En las elecciones celebradas en junio de aquel año fueron elegidas dos mujeres diputadas, Clara Campoamor (Partido Radical) y Victoria Kent (Izquierda Republicana): dos mujeres de un total de 465 diputados. A finales de aquel mismo año otra mujer diputada, Margarita Nelken (Partido Socialista), ingresó en las Cortes. De las tres, Clara Campoamor, abogada, fue la más asidua defensora de los derechos de la mujer y desempeñó un papel importante en el debate acerca del sufragio femenino.

El Franquismo tenía una idea de mujer ideal que en ninguno de los casos subyugaba oficialmente a ésta a la voluntad de su marido. Lo que se entiende como Hecho Funcional estuvo latente en el Franquismo. Las épocas cambian, las mujeres ya no tienen funciones exclusivamente hogareñas y los hombres tienen el deber humano de entenderlo y ayudar a su desarrollo.

El anteproyecto sólo había dado el voto a la mujer soltera y a la viuda. Decisión basada en el "MIEDO" real que los políticos de izquierda (y mayoría) tenían acerca de la dependencia parcial o total de las mujeres con respecto de la Iglesia.

Los republicanos de izquierda, radicales y radicales-socialistas fueron los que más se opusieron. Los radical-socialistas presentaron una enmienda el 1 de septiembre de 1931 para restringir los derechos electorales exclusivamente a los hombres. Al día siguiente, el doctor Novoa Santos proporcionó argumentos biológicos para dar fuerza a los argumentos de conveniencia política: a la mujer no la dominaban la reflexión y el espíritu crítico, se dejaba llevar siempre de la emoción, de todo aquello que hablaba a sus sentimientos; el histerismo no era una simple enfermedad, sino la propia estructura de la mujer. El 30 de septiembre, cuando se volvió a discutir la cuestión, se echó mano del ridículo para complementar a la biología. Hilario Ayuso entretuvo a la concurrencia con un discurso trivial en defensa de una enmienda de Acción Republicana que proponía que les fuesen concedidos los mismos derechos electorales a los hombres mayores de veintitrés años y a las mujeres mayores de cuarenta y cinco, basándose en que la mujer era deficiente en voluntad y en inteligencia hasta cumplir dicha edad.
 
El hecho de que Clara Campoamor defendiera el sufragismo femenino y de que Victoria Kent se opusiera provocó muchas burlas. Azaña describió la sesión como muy divertida. Informaciones (1 de octubre de 1931) comentaba dos mujeres solamente en la Cámara, y ni por casualidad están de acuerdo, y La Voz (2 de octubre de 1931) preguntaba medio en broma medio en serio: ¿qué ocurrirá cuando sean 50 las que actúen?. En el debate del día 1 de octubre de 1931, Victoria Kent propuso que se aplazara la concesión del voto a la mujer; no era, decía, una cuestión de la capacidad de la mujer, sino de oportunidad para la República. El momento oportuno sería al cabo de algunos años, cuando las mujeres pudiesen apreciar los beneficios que les ofrecía la República. Clara Campoamor replicaba diciendo que la mujer había demostrado sentido de la responsabilidad social, que el índice de analfabetos era mayor en los hombres que en las mujeres y que sólo aquellos que creyesen que las mujeres no eran seres humanos podían negarles la igualdad de derechos con los hombres. Advirtió a los diputados de las consecuencias de defraudar las esperanzas que las mujeres habían puesto en la República:

No dejéis a la mujer que, si es regresiva, piense que su esperanza estuvo en la Dictadura; no dejéis a la mujer que piense, si es avanzada, que su esperanza está en el comunismo.

Indalecio Prieto, quien había intentado persuadir a sus compañeros socialistas de votar en contra del artículo o abstenerse de votar, gritó que aquello era una puñalada trapera para la República. Los radical-socialistas declararon que ya no harían más concesiones en la cuestión de las relaciones entre la Iglesia y el Estado y amenazaron con no dejar un cura vivo en España. Una táctica que Marañón describió como una confesión de cobardía y de falta de autoridad en los políticos de izquierda sobre sus mujeres e hijas (El Heraldo, 2 de octubre de 1931).

El hecho de tener funciones diferentes a los hombres, no impedía que las mujeres ejercieran actividades destinadas en un principio a los hombres. Al Franquismo se le debe gran parte de la labor feminista defendida por la Sección Femenina y Auxilio Social.

El triunfo del primero de octubre, sin embargo, no fue definitivo. En la sesión del 1 de diciembre, Peñalba (Acción Republicana) propuso una enmienda que permitiría a las mujeres votar en las elecciones municipales, pero no en las nacionales hasta que los ayuntamientos se hubiesen renovado por completo.

Si la enmienda hubiese prosperado, las mujeres se habrían quedado todavía sin voto en 1936. El último intento se produjo en diciembre de 1932 cuando el gobierno anunció su intención de convocar elecciones parciales para cubrir las vacantes en Cortes. Finalmente, las elecciones parciales no llegaron a producirse.

Las primeras elecciones en las que participaron las mujeres fueron las de 1933, e inevitablemente se les echó la culpa de la victoria de la derecha. Era, sin embargo, una conclusión superficial. Aún aceptando que una parte del electorado femenino hubiera podido influir en el resultado favorable a las derechas de los comicios del treinta y tres, si se sumaban todos los votos de izquierda emitidos en esas elecciones todavía superaban a los de los conservadores. Se trataba sobre todo de un problema de estrategia y unidad, como se encargaría de demostrar las elecciones de febrero de 1936 con el triunfo del Frente Popular.

En definitiva, la mujer durante la república tuvo innumerables problemas para alcanzar unos derechos que hoy en día son inalienables e inherentes. Asimismo, queda demostrado que los intereses políticos siempre están por encima de los derechos sociales, algo que queda demostrado en este texto cuando leemos que la izquierda anteponía SU victoria para conseguir SU república y no combatir por un TODOS, por los españoles en general y las españolas en particular.

Queda demostrado que los que menos parecían defender los intereses sociales son los que más intrínsecamente se postularán a favor de ellos.

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